ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO

¿Qué es?

El Retiro Voluntario es un programa de retiro anticipado, con carácter voluntario, con mantenimiento de un nivel de beneficios y cobertura social, orientado a posibilitar para el solicitante, su desempeño en actividad privada o la realización de proyectos particulares, con la posibilidad de un eventual retorno al puesto dentro del Estado. Todo empleado de la Administración Pública de PLANTA PERMANENTE tiene derecho a acceder a los beneficios del Retiro Voluntario del servicio público, ante la presencia de situaciones de oportunidad o necesidad que ameriten su desvinculación gradual del Estado.

El otorgamiento del Retiro Voluntario queda a discreción de la máxima autoridad de la repartición.

Una vez aprobado el decreto del retiro, se extenderá la notificación correspondiente para que el agente deje de prestar servicios.

 

Se otorga por 3 años y se puede extender a pedido del solicitante por 2 años más.

 

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Empleados de la Planta Permanente de la Administración Pública Central y entes autárquicos, organismos descentralizados y empresas en las que el Estado posea capital mayoritario.

Requisitos para realizar el trámite

Se dará por iniciado el trámite, si el mismo se encuentra debidamente completado con firma y sello de autoridad competente y siempre y cuando el agente no tenga sumarios en curso o se encuentre gozando de licencia sin goce de haberes.

  

¿Dónde realizo el seguimiento de mi trámite?

Podrá realizar su consulta en la Dirección Provincial de Personal. Sección “Mesa de Entradas y Salidas” Senador Pérez Nº 319 – Piso 3, Oficina “C”

Por cualquier duda o consulta podrá comunicarse  a los teléfonos: 4221316/4221317 (interno 20 o  25); o escribiendo a dppasesorialegal.jujuy@gmail.com